Jordi González Guzmán
  • Inicio
  • Cosas escritas
    • Prensa
    • Académicas
  • Cosas dichas
  • About me
  • Contact Me
Jordi González Guzmán

Afterthought

  • Inicio
  • Cosas escritas
    • Prensa
    • Académicas
  • Cosas dichas
  • About me
  • Contact Me
Author

jordigonzalezguzman

jordigonzalezguzman

Barcelona-1920
Investigación

Cien años de lucha por la bajada de los alquileres: el Decreto de 1920

by jordigonzalezguzman junio 22, 2020

Artículo publicado originalmente en ElSaltoDiario

El 21 de junio de 1920, las Cortes Generales españolas aprobaron el ‘Decreto Bugallal’ con el objetivo de frenar la inflación de los precios de la vivienda mediante una reducción sistemática de los alquileres, una prórroga de todos los contratos de arrendamientos urbanos y una limitación de las causas de los desahucios. El Decreto ha pasado a la historia como el resultado de un consenso de la clase política sobre la necesidad de poner fin a la inflación galopante que se experimentaba en el país. Sin embargo, vale la pena hacer otra lectura para explicar cómo este Decreto salió a la luz, a pesar de tener en contra los intereses de la clase rentista. La clave explicativa pasa por visibilizar un movimiento que ha pasado misteriosamente desapercibido en los libros de historia: el movimiento inquilino. Un movimiento, conviene recordar, que representaba los intereses y reivindicaciones de una inmensa mayoría dentro de las clases populares, en especial en el ámbito urbano, dado que el alquiler era la forma de tenencia predominante entre la gente trabajadora.

Hace falta recordar la convulsión política de las primeras décadas del siglo XX en el Estado español. El retorno de Alfonso XIII daba inicio a la restauración borbónica y el turnismo de los partidos dinásticos buscaba dar estabilidad a un régimen político en profunda crisis tras el desastre de 1898. Con el estallido de la Primera Guerra Mundial, la inestabilidad política interna forzaba al Gobierno a declararse país neutral. No por ello la Gran Guerra aisló a España: su rol neutral en el conflicto facilitó el incremento exponencial de las exportaciones comerciales, provocando una grave inflación interior, que no fue acompañada de un aumento correlativo de los salarios. La inflación no solo afectó a los productos básicos sino que también agudizó la crisis de la vivienda, alimentando una burbuja en los precios de los alquileres.

Lo que se conoce como ‘la descomposición del régimen de la Restauración’ -hasta la dictadura de Primo de Rivera en 1923- debe ser releído como el fruto de la agitación social propia de la época, en buena medida promovida por el movimiento obrero, que a su vez ahondaba en la crisis política. Una nueva ola de movimientos sociales -republicanos, nacionalistas, obreristas en sus distintas facetas- empujaba en la dirección democratizadora a la que ya se orientaba el movimiento obrero reforzado tras la Conferencia de Zimmerwald (1915). Sucesos históricos como la Semana Trágica en 1909, el movimiento huelguista de 1917 o la huelga de La Canadiense en 1919 ejemplifican la gran conflictividad social del momento. A los Gobiernos de turno no les quedó más remedio que reaccionar mediante un conjunto de medidas, entre las cuales se incluía el Decreto Bugallal.

Los análisis históricos han privilegiado al movimiento obrero y la fábrica como el sujeto y el lugar por excelencia donde se desarrolló el conflicto entre el capital y los trabajadores. Es difícil encontrar estudios que presten atención a la organización del movimiento inquilino. Sin embargo, en paralelo a los sindicatos laborales, los sindicatos de inquilinos emergían con fuerza para hacer frente al rentismo urbano y las malas condiciones de vivienda de la época. El problema de vivienda se vio agravado por el desarrollo industrial de principios de siglo. Mientras la inversión pública en vivienda no llegó a hacerse efectiva con la ley de Casas Baratas de 1911, la inversión privada estaba controlada por la burguesía local y los notables. La propiedad urbana se concentraba en las manos de una clase rentista que realizaba a la vez el trabajo de promoción inmobiliaria y de arrendamiento. En las grandes urbes, la necesidad de mano de obra industrial aumentó la demanda de vivienda y el estancamiento de la oferta provocaba problemas constantes de infravivienda y hacinamiento en habitaciones.

Del mismo modo que no se puede entender la primera legislación sobre la jornada laboral de ocho horas (1919) sin la huelga de La Canadiense, ni la ley de Subsistencias (1916) sin la movilización social protagonizada por la CNT y la UGT para paralizar la subida de los precios alimenticios, tampoco se puede comprender el Decreto Bugallal sin el antagonismo inquilino que se organizaba en torno a asociaciones, ligas y federaciones de inquilinos e inquilinas. Sin embargo, mientras que las luchas laborales sí que se han ido recogiendo en la historiografía y motivan políticas de recuperación de la memoria colectiva, las luchas en la esfera de la reproducción, como son las que tienen que ver con el derecho a la vivienda, han tendido a ser invisibilizadas. Parece lícito sospechar que la feminización de estas luchas, una característica del todo aplicable aún en la actualidad, tiene mucho que ver con su infravaloración e invisibilización.

Las primeras décadas del siglo XX inauguran un ciclo histórico de luchas inquilinas. Basta con repasar algunos apuntes tomados de una investigación en curso sobre el movimiento inquilino para darse cuenta de ello. Podemos remontarnos a 1904, cuando varias reuniones multitudinarias constituyeron la Liga de Inquilinos en Valencia, la Unión de Inquilinos en Bilbao y la Unión de Inquilinos en Barcelona, con el objetivo de pedir la rebaja de los alquileres. Un año después, en mayo de 1905, Baracaldo fue escenario de una gran movilización inquilina que culminó en una huelga de alquileres, protagonizada por las mujeres vizcaínas. En la década siguiente, el inquilinato institucionalizó su organización y lucha, con la ‘Liga de Defensa y Previsión de los Inquilinatos’ constituida en Madrid en 1911, o la ‘Sociedad de Inquilinos y Liga de Consumidores’ registrada en Gijón en 1914, que luego se convertiría en la ‘Liga de Inquilinos’. La tendencia prosiguió en Barcelona, donde, en 1918, tuvo lugar una extraordinaria movilización de mujeres que se reunían en congresos multitudinarios para reclamar la bajada de los alquileres. Solo un año más tarde se constituyó ‘La Unión en Defensa de los Inquilinos de Barcelona’. En Sevilla, el mismo año, el ‘Comité Revolucionario de Defensa de los Inquilinos’ convocaba una huelga de alquileres. Y ya en el año en que se promulgó la ley que nos ocupa, 1920, Madrid acogía la asamblea constituyente de la ‘Federación de Ligas de Inquilinos del Estado Español’.

Sin la organización y la beligerancia inquilina que trazan estos eventos, el Decreto Bugallal no hubiera visto la luz y no podríamos comprender cómo y por qué se limitaron los privilegios de los arrendadores de forma tan decisiva. Al igual que la limitación de la jornada laboral a ocho horas, la regulación de unos precios del alquiler que se encontraban desorbitados era una medida de sentido común. Fue este el contexto en el que el Ministro de Gracia y Justicia, Gabino Bugallal, encargó el Decreto de reducción de alquileres para poner fin a la inflación y a la especulación inmobiliaria, congelando y en muchos casos reduciendo los precios del alquiler. A partir del 21 de junio de 1920, los contratos de arrendamientos urbanos se prorrogaron con carácter obligatorio durante la vigencia del Decreto, sin posibilidad de alterar el precio más allá de lo estipulado en función del montante de la renta. El Decreto otorgaba a los inquilinos la capacidad de reclamar una disminución del alquiler hasta los niveles de 1914, e impedía el desahucio en caso de impago de los aumentos de renta por encima de los estipulado, dos medidas encaminadas a impulsar una disminución efectiva de los alquileres y a garantizar la permanencia de los inquilinos en sus viviendas frente a las pretensiones de expulsión de los caseros. Además, el Decreto limitaba el importe y número de fianzas, y creaba un órgano para arbitrar los conflictos derivados del Decreto.

El Decreto Bugallal, en suma, fue el producto de años de luchas de un movimiento inquilino que logró impugnar el statu quo de los rentistas urbanos. Resulta difícil, pues, entender el hito histórico que supuso este Decreto sin atender a las luchas inquilinas que lo antecedieron. El antagonismo histórico entre el inquilinato y la clase propietaria urbana a principios del siglo XX fue capaz de reconfigurar la relación entre arrendador y arrendatario, asentando las bases de muchos derechos reconocidos hoy por la Ley de Arrendamientos Urbanos.

En este 2020, recordando un Decreto aprobado hace cien años, es inevitable trazar analogías con el contexto presente. Es este un momento de grave crisis residencial, caracterizada por una burbuja de precios, la proliferación de prácticas depredadoras por parte de especuladores entre los que han ganado protagonismo los llamados fondos buitre y las sociedades de inversión inmobiliaria, la inestabilidad de los contratos debida a una legislación precarizante y un aumento alarmante de las formas de infravivienda como el subalquiler o la reemergencia del barraquismo. Una crisis que se ve ahora agravada por la pandemia del COVID-19. En un contexto así de difícil, los Sindicatos de Inquilinos e Inquilinas que se han ido fundando por todo el Estado español desde 2017 se han mostrado capaces de llevar adelante una huelga de alquileres para proteger a las familias más vulnerables. Una huelga a la que ya se ha unido más de 16.000 familias, y que responde a la necesidad de politizar y visibilizar una emergencia social que no es fruto inevitable de una catástrofe epidemiológica como la que estamos sufriendo, sino que responde a las acciones y omisiones de una clase política demasiado identificada con los intereses de los arrendadores, o demasiado a merced de las presiones de sus lobbies.

Así pues, podemos identificar semejanzas entre la situación de abuso, desposesión y negación de derechos habitacionales que sufre el inquilinato a manos de las élites inmobiliarias, financieras y políticas en una y otra época. Tanto en la España de principios del s.XX, como en la de estas dos primeras décadas del s.XXI, existe una connivencia de intereses entre propietarios rentistas y gobernantes: una connivencia que otorga privilegios a los primeros, y que sólo se puede quebrar mediante la movilización popular. En ausencia de tal movilización, las leyes que regulan la relación arrendador-arrendatario perpetúan e institucionalizan la asimetría de poder entre quienes necesitan una vivienda para habitarla y quienes ven en ella una fuente para la extracción de rentas. Pero, del mismo modo, también se puede trazar una línea que une el movimiento inquilino actual con el de hace un siglo: una línea que da cuenta del poder y la organización colectiva inquilina como motor de cambio para la defensa del derecho a la vivienda, un derecho sin el cual no puede haber justicia social.

junio 22, 2020 0 comment
0 FacebookTwitterPinterestEmail
Vaga de Lloguers
Investigación

El moviment en defensa del dret a l’habitatge enmig de la crisi de la Covid-19

by jordigonzalezguzman junio 18, 2020

Artículo publicado en la Revista Barcelona Societat, junto con Marta Ill e Irene Sabaté

Resum La crisi sanitària de la Covid-19 ha aprofundit la crisi d’habitatge que arrossegava l’Estat espanyol després de l’esclat de la bombolla immobiliària el 2008. Tan aviat com les mesures de confinament esdevenien inevitables, la situació econòmica de milers de famílies començava a trontollar. Els acomiadaments i la pèrdua general d’ingressos contrastaven amb la immobilitat de les despeses, amb l’habitatge com a principal partida pressupostària de qualsevol economia familiar. El moviment en defensa del dret a l’habitatge s’organitza de manera immediata arreu de l’Estat i proposa la suspensió dels lloguers i de les hipoteques durant els mesos de confinament per a les famílies afectades pel coronavirus. Però la resposta del Govern espanyol es mostra completament insuficient, ja que blinda els interessos i el poder de decisió dels grans propietaris. Davant d’aquesta conjuntura, milers de llars es veuen abocades a l’impagament de les rendes de lloguer, i la vaga de lloguers esdevé l’única forma de donar un suport col·lectiu a un problema generalitzat.

junio 18, 2020 0 comment
0 FacebookTwitterPinterestEmail
Los Delitos de los Poderosos: tres tesis para pensar sus justificaciones
Uncategorized

Los Delitos de los Poderosos: tres tesis para pensar sus justificaciones

by jordigonzalezguzman junio 18, 2020

Capítulo publicado originalmente en el libro La Criminología Que Viene

Resumen: Es sabido en los círculos de criminología que los delitos de cuello blanco
acostumbran a escapar del radar criminológico, mientras que los delitos
convencionales ocupan su centro de atención. La criminología crítica apunta
al estudio nuevos actores poderosos cuyos intereses políticos y económicos
generan una gran cantidad de daño social mientras que sus delitos pasan
completamente desapercibidos. Antes que responder a las preguntas de por
qué, cuándo y cómo ocurren los delitos de los poderosos, este artículo tiene
como objetivo atender a las formas por las cuales tales delitos y daños pueden
justificarse mediante argumentos políticos. Apoyándonos en el trabajo de
Vincenzo Ruggiero, este artículo va más allá de las técnicas de neutralización
de Sykes y Matza y sostiene tres argumentos en la forma de tres tesis. La
primera tesis propone, junto a la corriente de los ‘power crime’, ahondar en el
estudio del poder. La segunda tesis expone el estado de excepción entendido
por Agamben y su relevancia para el análisis criminológico. Por último, la
tercera tesis atiende a la tradición de pensamiento liberal para pensar
categorías socioeconómicas que justifican los delitos del poder.

Palabras clave: delitos de los poderosos, justificación, poder, estado de
excepción, liberalismo

junio 18, 2020 0 comment
0 FacebookTwitterPinterestEmail
Encuesta Inquilina
Uncategorized

La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona

by jordigonzalezguzman junio 18, 2020

Artículo publicado originalmente en Ctxt

No hace tanto era común que se anunciara hasta el aburrimiento que estábamos entrando en una nueva era de la información. Un paradigma donde el consumo y la circulación de los datos era más global, su gobierno más horizontal y su producción más distribuida. Utopías aparte, los datos están en el centro del debate político, pero no tanto por un proceso innovador, sino por un dilema clásico: ¿Esa noticia es falsa o verdadera? ¿Esa estadística es rigurosa o inventada?

Las disputas sobre cómo verificar las fuentes o cómo controlar las fake news son cada vez más encendidas, pero bajo el consenso de que los datos son un producto de consumo cuya calidad debe ser mejorada. Algo se ha perdido por el camino. Los datos no son un producto, sino un proceso que organiza y jerarquiza los saberes, autoriza voces y normaliza una agenda de temas sobre los que hablar y sobre los que no. El rigor de los datos es un tema anecdótico si no nos preguntamos sobre quién los enuncia, qué conflicto subrayan, qué tipo de organización social los produce y con qué métodos y recursos.  

A lo largo de la historia de los movimientos de transformación social, es posible rastrear el uso de la encuesta obrera como instrumento para producir conocimientos de forma autónoma. No solo autónomos de un poder económico que determina la agenda científica para reforzar sus intereses de clase, sino también libres de la ciencia positivista que impone su método como el único válido para generar saberes.

La idea de reunir información a través de preguntas a la ciudadanía tiene un pasado revelador. En 1880, Karl Marx lanzó 25.000 copias de una encuesta con casi cien preguntas para conocer la situación laboral de los lectores de la Revue socialiste. Entre 1880 y 1910, Max Weber utilizó cuestionarios para estudiar las condiciones de vida de los trabajadores en las áreas rurales del Este de Prusia y los efectos del trabajo industrial en su personalidad y estilos de vida.

En las décadas de 1960 y 1970, los movimientos obreros europeos extendieron el uso de la encuesta. Su objetivo era analizar las formas de explotación y dominio en la fábrica y en los barrios, pero también cartografiar las formas de insubordinación obreras. La revista italiana Quaderni Rossi, el germen político del operaismo en Italia, puso la encuesta [inchiesta operaia] en el seno del movimiento obrero para estudiar la nueva composición de la clase trabajadora.

Una convicción fundamental subyacía en el uso de la encuesta: para abordar a fondo los problemas de las clases populares, había que producir conocimientos situados, esto es, encarnados en el territorio de vida que se quería estudiar. El trabajo de organización política debía estar conectado con la producción de saberes enraizados en las experiencias subjetivas de las condiciones de vida de los obreros.

La ‘encuesta inquilina’ se inscribe en esa misma perspectiva de investigación política. Impulsada a inicios de este año por el Sindicato de Inquilinos de Barcelona junto a La Hidra Cooperativa, esta encuesta es la primera que se lanza en el territorio español con el propósito de estudiar las condiciones de vida de los inquilinos e inquilinas del área metropolitana de Barcelona.

Después de la crisis de 2008, el Sindicato realiza un diagnóstico coyuntural certero: el gobierno de Rajoy había trasladado la especulación del mercado hipotecario al mercado del alquiler mediante dos reformas principales. Por un lado, facilitando que las Socimis (Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) disfrutaran de suculentos privilegios fiscales para atraer a especuladores. Por otro lado, la reforma de la LAU de 2013 redujo las pocas garantías que tenían los inquilinos, fomentando subidas abusivas y expulsiones.

Como resultado, ciudades como Barcelona se encuentran sumergidas en una burbuja especulativa alrededor del alquiler que está desposeyendo, precarizando y expulsando a una parte muy significativa del vecindario. En este contexto, el Sindicato de Inquilinos de Barcelona sabe que la burbuja de precios generada por estas políticas solo se puede frenar si la gente afectada se organiza y hace de su realidad material compartida el eje de organización central.

Para convertir al Sindicato en una organización sólida, con capacidad para crecer y responder de forma eficaz, la encuesta inquilina es un instrumento esencial para producir desde la base y hacer análisis empíricos de nuestros problemas comunes. El desborde de inquilinos e inquilinas que se han sumado a las asambleas del Sindicato impone un reto crucial: recopilar y sistematizar una cantidad enorme de información sobre la situación de centenares de hogares que sufren subidas abusivas o expulsiones inmediatas.

La encuesta inquilina es un proyecto de investigación imprescindible para avanzar con los retos que el Sindicato se propone. Partiendo del análisis de la realidad concreta, el cuestionario pretende ser un instrumento que oriente las futuras acciones del movimiento para pinchar la burbuja de alquiler en Barcelona. Más allá, se propone situar las demandas políticas del Sindicato en el centro de la agenda política estatal.

Sin saberes producidos autónomamente desde los barrios, no podemos cartografiar el presente para poder intervenirlo y cambiarlo. Si el saber es poder, producir saberes autónomos es la base del contrapoder.

junio 18, 2020 0 comment
0 FacebookTwitterPinterestEmail
Slumlords Rent Strike Harlem
Uncategorized

La huelga de alquileres: un derecho conquistado por el movimiento inquilino de Nueva York

by jordigonzalezguzman junio 18, 2020

Artículo publicado originalmente en El Salto Diario

Las huelgas de alquileres forman parte de la historia que convirtió la vivienda en un derecho humano. A lo largo del siglo XX, no han sido pocas las veces que inquilinos e inquilinas han dejado de pagar a sus arrendadores para defender el derecho a una vivienda digna. En Nueva York, Glasgow, Buenos Aires, Barcelona y otras grandes ciudades se ha utilizado la huelga de alquileres como protesta pacífica en contra de la especulación y de los abusos inmobiliarios. En un momento de grave crisis residencial como el presente, es necesario recordar el legado histórico que nos dejan miles de inquilinos e inquilinas, quienes, organizados en sindicatos y asociaciones de vecinos, convirtieron una práctica de desobediencia civil en un derecho social.

En el movimiento inquilino de Nueva York se encuentra la historia más documentada sobre la huelga de alquileres. Inspiradas en las huelgas realizadas por los sindicatos laborales, los inquilinos e inquilinas se organizaban para dejar de pagar colectivamente las subidas de alquiler que les pedían sus arrendadores. Desde el barrio del Lower East Side (el conocido barrio judío en Manhattan) al barrio italiano (Little Italy), hasta llegar a Brooklyn, el Bronx y Harlem: la huelga de alquileres se generalizó en los años ’20 como el principal temor de los arrendadores o terratenientes (los conocidos landlords en inglés). Ante la amenaza de desahucio debido a subidas abusivas del alquiler, miles de inquilinos e inquilinas organizaban sus edificios y constituyeron los primeros sindicatos de inquilinos, con el objetivo de negociar con los arrendadores un alquiler justo y unas condiciones dignas.

El motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietariosHasta finales de los años 20 la razón principal que justificaba las huelgas de alquileres fueron las subidas salvajes del precio del alquiler. Tal fue el potencial de la movilización y organización inquilina que en 1920 consiguieron que, por miedo a que se propagara las huelgas de alquileres, se aprobara la primera regulación de precios. A partir de entonces, el motivo central que convocaba a miles de inquilinos a dejar de pagar su mensualidad fueron las condiciones insalubres de las viviendas por falta de manutención, el mal funcionamiento de servicios básicos y la negligencia premeditada de los propietarios.

La cooperación vecinal en y entre los edificios era crucial para llevar a cabo la huelga. Para superar el miedo que desanimaba a muchos inquilinos de sumarse a la desobediencia civil, los sindicatos de inquilinos constituían cuentas fiduciarias (trustee accounts) donde transferir la mensualidad del alquiler. De este modo, en caso de que la huelga acabara en los tribunales, se demostraba la voluntad firme del inquilino de pagar su alquiler, a cambio de llegar a un acuerdo justo con el propietario.

La huelga era el medio de un fin: fuera un precio de alquiler justo o la denuncia de las condiciones paupérrimas de las viviendas. Para los inquilinos, la huelga fue una forma de empoderamiento colectivo: se organizaban, acumulaban poder de negociación, se apoyaban mutuamente para resolver sus problemas. Para los arrendadores, en cambio, un verdadero dolor de cabeza: los costes judiciales de denuncia por impago eran elevados, el calendario de los tribunales no daba abasto ante la cantidad de demandas simultáneas, los inquilinos organizaban piquetes en las viviendas de sus caseros para evitar la entrada de nuevos inquilinos y aumentar la mala reputación de éstos.

A medida que los sindicatos de inquilinos reforzaban su organización y obtenían victorias a través de la huelga de alquileres, incrementaba su incidencia política y jurídica: los tribunales empezaron a aceptar las huelgas de alquiler como maniobras de defensa legítimas. Así lo refleja el trabajo del sociólogo norteamericano Ronald Lawson, quien detalla la transformación de las huelgas de alquileres en Nueva York desde 1904 a 1980. En concreto, Lawson apunta a 6 innovaciones fundamentales para comprender las diferentes etapas por las que atravesó la huelga:

El tamaño de las huelgas. Mientras que las huelgas iniciales eran multitudinarias (en 1904, por ejemplo, 2.000 inquilinos del barrio judío plantaron colectivamente a sus arrendadores), a partir de los años ’30 la huelga de alquiler pasó a ser una estrategia que funcionaba en edificios particulares de manera menos profusa.

La Sección 755. En 1961 se aprobó la conocida “Sección 755”. Por primera vez, esta ley permitía que los inquilinos depositaran su alquiler en los juzgados hasta que su propietario no realizara las reparaciones necesarias para mantener la vivienda en buen estado. De este modo, la huelga de alquileres se incluyó como instrumento legal para negociar con el arrendador.

Rolling Rent Strike (Alargar la Huelga de Alquiler). En la década de los ’70, el Metropolitan Council Housing (la principal federación de inquilinos en la ciudad de Nueva York) impulsó un giro estratégico: ahora se trataba de evitar la Sección 755. Conocida como “rolling rent strike”, los sindicatos emplazaban a los inquilinos a tomar control sobre sus mensualidades en lugar de depositarlas en los juzgados. El objetivo era no enredarse en juicios legales y presionar a los caseros a negociar directamente, dejando la Sección 755 como último resorte de negociación.

Ralentización del pago del alquiler. Al mismo tiempo, los sindicatos de inquilinos fomentaron la estrategia conocida como “rent slowdown” (ralentizar el pago del alquiler). Los inquilinos retenían el pago del alquiler unas semanas, hasta que decidían que el sindicato pagara de golpe al arrendador. No era realmente una huelga de alquiler, sino una forma de convencer a los inquilinos más conservadores de que debían organizarse colectivamente si querían mejorar las condiciones de su vivienda. En realidad, funcionaba como una acción preparatoria y de aviso: era una maniobra dilatoria que avisaba de una posible huelga de alquiler en el futuro próximo.

Legalización de la Huelga. En 1973 se legisló a favor de una Garantía de Habitabilidad (“Warranty of Habitability”), que permitía al inquilino la reducción o impago del alquiler cuando los propietarios no cumplían con sus obligaciones de manutención. De esta forma, la huelga de alquileres quedaba totalmente reconocida en la ley de arrendamientos: el arrendador debía cumplir sus obligaciones si quería recibir el alquiler.

Autonomía inquilina. En tanto muchos arrendadores no cumplían con las reparaciones prometidas, las asociaciones de inquilinos se organizaron para depositar el alquiler en cuentas bancarias comunes con el objetivo de destinar el dinero acumulado a las reparaciones necesarias para el mantenimiento de las viviendas. Esta estrategia también se acabó legalizando mediante lo que se conoció como “Repair & Deduct” (Reparar y Deducir). Además, en muchos casos, las asociaciones de inquilinos tomaban control de edificios abandonados y los convertían en cooperativas de vivienda.

En suma, la lucha sindical del movimiento inquilino de Nueva York convirtió una práctica de desobediencia civil como la huelga de alquileres en un derecho social. En “la ciudad que nunca duerme”, los sindicatos de inquilinos e inquilinas consiguieron hacer de ella un lugar donde dormir más dignamente. Y la huelga de alquileres fue su herramienta más poderosa. Solo falta preguntarnos si mirar al pasado nos puede servir para iluminar el presente.

En Madrid y Barcelona, entre otras ciudades del Estado, bloques enteros y comunidades de vecinos se enfrentan a fondos buitre como Azora y Blackstone, grandes arrendadores que se dedican a doblar los precios del alquiler en todas sus viviendas. En un momento de profunda emergencia habitacional, y a falta de una regulación de los precios del alquiler que frene la especulación inmobiliaria, los inquilinos e inquilinas de Nueva York nos recuerdan que la huelga de alquileres fue la estrategia que les permitió aumentar su poder de negociación para defender el derecho a la vivienda.

junio 18, 2020 0 comment
0 FacebookTwitterPinterestEmail
La trama de las SOCIMIS
SOCIMIs

La trama de las SOCIMIS

by jordigonzalezguzman febrero 12, 2019

En un contexto de crisis inmobiliaria, el ventajoso tratamiento fiscal de las socimis tenía como supuesto objetivo fomentar la vivienda de alquiler. Pero la actual regulación facilita lo contrario: que fondos de inversión con poco interés en el alquiler aprovechen las ventajas fiscales de las socimis para especular: comprar a precio de saldo, alquilar durante el plazo obligado y vender a precio de mercado.

Los bancos se deshacen del ladrillo ganado durante la crisis, los fondos de inversión lo compran a precio de saldo y lo devuelven al mercado de alquiler a través de las socimis (Sociedad Anónima Cotizada de Inversión en el Mercado Inmobiliario). Con esta fórmula las socimis se han convertido en piezas esenciales para la estrategia de grandes firmas de inversión en el mercado inmobiliario español. El caso de Blackstone es paradigmático: el fondo estadounidense se ha consolidado como el ‘rey del ladrillo’ con seis socimis cotizadas en España.

Las socimis ganaron fama en el sector inmobiliario a partir de 2012, cuando se modificó su marco tributario. La principal novedad de la reforma fue exonerar a estos vehículos del Impuesto sobre Sociedades (IS). Este privilegio se justificó, teóricamente, porque los verdaderos dueños de las socimis son los inversores, de manera que ellos sí que tributan un gravamen del 19% por los rendimientos que obtienen (siempre y cuando su participación sea igual o superior al 5%).

En un contexto de crisis inmobiliaria y de escasez de vivienda de alquiler, el ventajoso tratamiento fiscal de las socimis tenía como supuesto objetivo proporcionar liquidez al sector y fomentar la vivienda de alquiler. Su principal objeto social quedaba claramente estipulado: adquirir y promover bienes inmuebles para su arrendamiento. En base a esto, se argumentó que los inmuebles debían permanecer arrendados durante al menos 3 años. Esto quiere decir que las socimis pueden vender sus inmuebles transcurrido este plazo.

Pero si el objetivo de estas sociedades es impulsar el alquiler a cambio de un beneficio fiscal, es de extrañar que el plazo mínimo al que están obligadas a alquilar sea de 3 años. ¿Son suficientes para garantizar una infraestructura estable de alquileres en España? La actual regulación facilita lo contrario, es decir, que fondos de inversión con poco interés en el alquiler aprovechen las ventajas fiscales de las socimis para especular: comprar a precio de saldo, alquilar durante el plazo obligado y vender a precio de mercado.

Otro aspecto relevante que motivó la creación de las socimis fue favorecer la inversión del pequeño y mediano accionista. Por ello, las socimis están sujetas a requisitos de difusión del capital en el momento de su incorporación al mercado de valores. En concreto, al menos 20 accionistas minoritarios deben poseer 2 millones del valor estimado de mercado o lo que corresponda a un 25% de las acciones emitidas.

En principio, esta medida quiere prevenir que las socimis sean un instrumento al servicio de las grandes rentas. En el caso de las sicavs (Sociedades de Inversión de Capital Variable), aunque su capital debía estar repartido entre 100 accionistas, la sociedad era en última instancia propiedad de 1 sola persona al 99% mientras que el 1% restante se repartía entre 99 partícipes de paja, conocidos como “mariachis”. Así, las sicavs se convierten en sociedades secuestradas: un solo propietario puede disfrutar de sus privilegios fiscales mientras cumple con el requisito de difusión del capital.

Sin embargo, la medida impuesta a las socimis no resulta suficiente para corregir los déficits de las sicavs. La cuarta socimi de Blackstone, Torbel Investment, cuenta con el propio fondo estadounidense como accionista mayoritario con un 97,83% mientras el resto corresponde a 20 accionistas minoritarios. Blackstone cumple con el requisito de difusión de capital, pero la realidad es que tiene el control exclusivo de la socimi. Aunque lo más revelador sea que la propiedad de Blackstone no es directa, sino que se hace efectiva a través de un entramado de sociedades que desemboca en paraísos fiscales.

Por si fuera poco, la última socimi de Blackstone, Euripo, es cabecera de un grupo de sub-socimis compuesto por Avir, Mosela y Patriot Propco, que también disfrutan del régimen especial de socimi. Blackstone dispone del capital y el know-how para beneficiarse mediante estrategias de ingeniería fiscal del marco tributario de las socimis. Ello debería poner en tela de juicio el buen uso que se pueda estar dando a estos vehículos.

El precedente inmediato del uso inadecuado de las socimis se encuentra en su homóloga estadounidense, las REITs (Real Estate Investment Trusts), las cuales se utilizaron como refugio fiscal por grandes multinacionales como Iron Mountain o Wal-Mart. El caso de Wal-Mart se hizo famoso al ser denunciada en la portada del Wall Street Journal tras haber utilizado REITs para ahorrarse 350 millones de dólares en impuestos federales entre 1998 y 2001.

Wal-Mart transfería sus activos inmobiliarios a una REIT, la cual se encargaba de cobrar los alquileres de sus instalaciones. Esta REIT distribuía sus beneficios mediante dividendos a una empresa registrada en la industria off-shore de Delaware que era propietaria de dicha REIT al 99%, de suerte tal que Wal-Mart no pagaba el impuesto sobre sociedades y quedaba exenta del gravamen sobre los dividendos. La estrategia se hizo popular como el fenómeno de “REITs cautivas” ya que en última instancia la REIT era controlada por una única empresa, en lugar de por accionistas individuales.

En el contexto español, también se dan las condiciones para que las socimis queden “cautivas” de grandes multinacionales. El problema reside en que su regulación está expuesta a la explotación de los fondos de inversión. Si las socimis se pensaron para promover la estabilidad en el alquiler residencial –y no para especular–, no queda justificado que la permanencia del arrendamiento de sus inmuebles solo sea de 3 años. El requisito de difusión del capital tampoco resulta suficiente si se quiere prevenir que las socimis se conviertan en herramientas de elusión tributaria.

febrero 12, 2019 1 comment
63 FacebookTwitterPinterestEmail
Especulación en el mercado de alquiler: responsabilidad de las SOCIMI
SOCIMIs

Especulación en el mercado de alquiler: responsabilidad de las SOCIMI

by jordigonzalezguzman diciembre 17, 2018

Los alquileres en Barcelona han aumentado en un 30% en los últimos 5 años; a menudo se hace hincapié en plataformas de alquiler turístico como Airbnb como principales causantes del incremento de los precios. Sin embargo otros actores económicos han pasado bastante desapercibidos pese alterar el funcionamiento habitual del mercado, como el gran desembarco de capital financiero alcanzado mediante las SOCIMI

Según los datos de la Generalitat, el precio del mercado de alquiler residencial en Barcelona se ha incrementado un 30% entre el 2013 y el 2018, un aumento que ha forzado a muchos de los inquilinos a buscar de forma desesperada los últimos precios asequibles de la ciudad, mientras otros, directamente, se han visto forzados a desplazarse a las afueras.

Esta situación ha puesto en el centro de atención a plataformas de alquiler turístico como Airbnb, por ser uno de los principales negocios internacionales que ha contribuido en el encarecimiento de los precios del mercado de alquiler. Sin embargo otros actores económicos han pasado bastante desapercibidos pese alterar el funcionamiento habitual del mercado de alquiler. Se trata del ‘gran desembarco’ de capital financiero tras la crisis de 2008 que se realizó mediante las famosas Sociedades de Inversión cotizadas en el Mercado Inmobiliario (SOCIMI), un nuevo vehículo de inversión que conecta los apartamentos de la ciudad con inversores internacionales y los mercados de valores.

Las SOCIMI son sociedades registradas en España pero reciben su financiación, a menudo a través de paraísos fiscales, los grandes nombres de la industria del capital privado como Blackstone, Lone Star Funds y Apollo Global Management. La inyección de capital privado a las SOCIMI se utiliza para financiar la compra de apartamentos o fincas enteras a través de intermediarios inmobiliarios locales. En la medida que los inversores confían en que sus acciones obtengan un alto rendimiento, el objetivo principal de las SOCIMI es maximizar el valor de las acciones a corto plazo. Esto sólo se puede conseguir aumentando los precios de alquiler y, por tanto, promoviendo la movilidad de los inquilinos.

De pronto que la SOCIMI ha adquirido una propiedad, informa a los inquilinos que cuando finalice el contrato vigente el alquiler aumentará considerablemente, en algunos casos hasta un 40%. No sorprende pues que la mayoría de inquilinos no puedan hacer frente a este incremento, se vean forzados a no renovar sus contratos ya buscar alternativas en un mercado residencial donde la incertidumbre y la precariedad empiezan a ser características estructurales.

Cuando este proceso se repite de forma repetida por docenas de SOCIMI toda la ciudad, es fácil comprender por qué son uno de los motivos principales de la inflación de la burbuja de precios en Barcelona. Según los datos que obtuvo el Sindicato de Inquilinos de Barcelona, ​​más de 3.000 apartamentos en la ciudad están en manos de SOCIMI.

Mapa de propietat de fons voltors | Sindicat de Llogaters

Los orígenes de las SOCIMI se encuentran en la resolución de la burbuja inmobiliaria que estalló en paralelo a la crisis financiera de 2008. El gobierno del PSOE implementar las SOCIMI como una forma innovadora de atraer inversión privada a un sector inmobiliario gravemente desprestigiado tras la crisis.

El desarrollo de las SOCIMI en España no fue fácil, por lo que el gobierno del PP les redujo el impuesto de sociedades (IS) del 18% al 0% con la reforma legislativa del 2012. Un año más tarde, en un intento de ‘dinamizar’ el mercado de alquiler, el gobierno de Mariano Rajoy modificó la Ley de arrendamientos urbanos (LAU), modificación que supuso la reducción de la duración de los contratos de alquiler de 5 a 3 años y eliminó los controles los aumentos de alquiler que antes estaban vinculados al Índice de precios al consumo (IPC).

Estos cambios legislativos sentaron las condiciones necesarias para disparar la actividad económica de las SOCIMI. De repente, el aumento de movilidad de los inquilinos como consecuencia de un contrato de menor duración hizo que resultase mucho más fácil desalojarlos para volver a alquilar los pisos a inquilinos más ricos o directamente vender todo el edificio para su obtención un beneficio rápido. A medida que este proceso se ha ido consolidando, los barrios de la ciudad han sufrido un aumento constante de los precios de alquiler.

Al mismo tiempo, el Observatorio DESC y el Sindicato de Inquilinos comenzaron a denunciar el aumento de casos de acoso inmobiliario, prácticas agresivas mediante las que se descuida la manutención de las propiedades y se corta la comunicación entre propietario e inquilinos, con el objetivo de desalojarlos de los pisos.

Uno de los casos más destacados ha sido la finca de Carmen 106, propiedad de Optimum RE Spain, una SOCIMI que está gestionada por el conglomerado empresarial BMB Investment Management / BMB Cap. Optimum RE Spain compró la finca en 2015 y comunicó a los inquilinos que no renovarían los contratos ya que tenían la intención de rehabilitar la finca entera para aumentar su valor y venderla a un precio más alto posteriormente.

Durante los últimos tres años, los inquilinos de Carmen 106 se han quejado reiteradamente de la degradación progresiva del bloque (la puerta de entrada rota, mal estado general de la escalera, irregularidades en los contratos, etc.), una estrategia ‘ premeditada ‘para forzar a los inquilinos a abandonar los apartamentos. Respondiendo a este acoso, los inquilinos de Carmen 106, y otros bloques en propiedad de Optimum RE Spain, se han organizado para denunciar los maltratos que están sufriendo mientras luchan para conseguir nuevos contratos. El jueves pasado los inquilinos de los bloques protestaron frente a las oficinas de esta SOCIMI para hacer visible el malestar colectivo que está produciendo.

Optimum RE Spain, además, se enfrenta a una denuncia por acoso inmobiliario interpuesta por la alcaldía de Barcelona. La denuncia se podría resolver con una sanción a los responsables de hasta 900.000 euros si se estima que han desalojado a los inquilinos debido al acoso o por el aumento abusivo de precios. La medida todavía no se ha aprobado, pero si este procedimiento sancionador prospera podría prevenir algunos de los peores excesos inmobiliarios en Barcelona.

Es incuestionable que plataformas de alquiler turístico como Airbnb contribuyen al malestar inquilino que se extiende por la ciudad de Barcelona. Sin embargo, hay suficientes motivos para prestar mayor atención a la actividad económica de las SOCIMI. La gran cantidad de capital financiero que aterriza en la ciudad mediante estos vehículos es capaz de distorsionar el mercado más allá del poder adquisitivo de los inquilinos. La especulación que cumple las SOCIMI ensancha la incertidumbre de conocer qué pasará cuando finalicen los contratos vigentes para la mayoría de barceloneses.

Jordi González Guzmán y Daniel Beizsley

diciembre 17, 2018 2 comments
21 FacebookTwitterPinterestEmail
La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona
Investigación

La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona

by jordigonzalezguzman junio 7, 2017

El objetivo del estudio es recopilar y sistematizar datos sobre la situación de centenares de hogares que sufren subidas abusivas o expulsiones inmediatas

CTXT se financia en un 40% con aportaciones de sus suscriptoras y suscriptores. Esas contribuciones nos permiten no depender de la publicidad, y blindar nuestra independencia. Y así, la gente que no puede pagar puede leer la revista en abierto. Si puedes permitirte aportar 50 euros anuales, pincha en agora.ctxt.es. Gracias.

No hace tanto era común que se anunciara hasta el aburrimiento que estábamos entrando en una nueva era de la información. Un paradigma donde el consumo y la circulación de los datos era más global, su gobierno más horizontal y su producción más distribuida. Utopías aparte, los datos están en el centro del debate político, pero no tanto por un proceso innovador, sino por un dilema clásico: ¿Esa noticia es falsa o verdadera? ¿Esa estadística es rigurosa o inventada?

Las disputas sobre cómo verificar las fuentes o cómo controlar las fake news son cada vez más encendidas, pero bajo el consenso de que los datos son un producto de consumo cuya calidad debe ser mejorada. Algo se ha perdido por el camino. Los datos no son un producto, sino un proceso que organiza y jerarquiza los saberes, autoriza voces y normaliza una agenda de temas sobre los que hablar y sobre los que no. El rigor de los datos es un tema anecdótico si no nos preguntamos sobre quién los enuncia, qué conflicto subrayan, qué tipo de organización social los produce y con qué métodos y recursos.

A lo largo de la historia de los movimientos de transformación social, es posible rastrear el uso de la encuesta obrera como instrumento para producir conocimientos de forma autónoma. No solo autónomos de un poder económico que determina la agenda científica para reforzar sus intereses de clase, sino también libres de la ciencia positivista que impone su método como el único válido para generar saberes.

La idea de reunir información a través de preguntas a la ciudadanía tiene un pasado revelador. En 1880, Karl Marx lanzó 25.000 copias de una encuesta con casi cien preguntas para conocer la situación laboral de los lectores de la Revue socialiste. Entre 1880 y 1910, Max Weber utilizó cuestionarios para estudiar las condiciones de vida de los trabajadores en las áreas rurales del Este de Prusia y los efectos del trabajo industrial en su personalidad y estilos de vida.

En las décadas de 1960 y 1970, los movimientos obreros europeos extendieron el uso de la encuesta. Su objetivo era analizar las formas de explotación y dominio en la fábrica y en los barrios, pero también cartografiar las formas de insubordinación obreras. La revista italiana Quaderni Rossi, el germen político del operaismo en Italia, puso la encuesta [inchiesta operaia] en el seno del movimiento obrero para estudiar la nueva composición de la clase trabajadora.

Una convicción fundamental subyacía en el uso de la encuesta: para abordar a fondo los problemas de las clases populares, había que producir conocimientos situados, esto es, encarnados en el territorio de vida que se quería estudiar. El trabajo de organización política debía estar conectado con la producción de saberes enraizados en las experiencias subjetivas de las condiciones de vida de los obreros.

La ‘encuesta inquilina’ se inscribe en esa misma perspectiva de investigación política. Impulsada a inicios de este año por el Sindicato de Inquilinos de Barcelona junto a La Hidra Cooperativa, esta encuesta es la primera que se lanza en el territorio español con el propósito de estudiar las condiciones de vida de los inquilinos e inquilinas del área metropolitana de Barcelona.

Después de la crisis de 2008, el Sindicato realiza un diagnóstico coyuntural certero: el gobierno de Rajoy había trasladado la especulación del mercado hipotecario al mercado del alquiler mediante dos reformas principales. Por un lado, facilitando que las Socimis (Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario) disfrutaran de suculentos privilegios fiscales para atraer a especuladores. Por otro lado, la reforma de la LAU de 2013 redujo las pocas garantías que tenían los inquilinos, fomentando subidas abusivas y expulsiones.

Como resultado, ciudades como Barcelona se encuentran sumergidas en una burbuja especulativa alrededor del alquiler que está desposeyendo, precarizando y expulsando a una parte muy significativa del vecindario. En este contexto, el Sindicato de Inquilinos de Barcelona sabe que la burbuja de precios generada por estas políticas solo se puede frenar si la gente afectada se organiza y hace de su realidad material compartida el eje de organización central.

Para convertir al Sindicato en una organización sólida, con capacidad para crecer y responder de forma eficaz, la encuesta inquilina es un instrumento esencial para producir desde la base y hacer análisis empíricos de nuestros problemas comunes. El desborde de inquilinos e inquilinas que se han sumado a las asambleas del Sindicato impone un reto crucial: recopilar y sistematizar una cantidad enorme de información sobre la situación de centenares de hogares que sufren subidas abusivas o expulsiones inmediatas.

La encuesta inquilina es un proyecto de investigación imprescindible para avanzar con los retos que el Sindicato se propone. Partiendo del análisis de la realidad concreta, el cuestionario pretende ser un instrumento que oriente las futuras acciones del movimiento para pinchar la burbuja de alquiler en Barcelona. Más allá, se propone situar las demandas políticas del Sindicato en el centro de la agenda política estatal.

Sin saberes producidos autónomamente desde los barrios, no podemos cartografiar el presente para poder intervenirlo y cambiarlo. Si el saber es poder, producir saberes autónomos es la base del contrapoder.

junio 7, 2017 1 comment
15 FacebookTwitterPinterestEmail
  • 1
  • 2

About Me

About Me

Researcher • Writer • Reader

Entradas recientes

  • Toward a Criminological Understanding of Financialization
  • The Prohibition of Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment.
  • Informe: Impactes socials del mercat de lloguer
  • Pensant les classes de Seguretat Pública i Urbanisme
  • Pierre Clastres and the anthropological riddle

Comentarios recientes

  • Silvia en La encuesta inquilina: produciendo saberes autónomos desde Barcelona
  • Juan en Especulación en el mercado de alquiler: responsabilidad de las SOCIMI
  • Penci en Especulación en el mercado de alquiler: responsabilidad de las SOCIMI
  • Penci en La trama de las SOCIMIS

Archivos

  • diciembre 2021
  • noviembre 2021
  • julio 2021
  • junio 2021
  • abril 2021
  • enero 2021
  • diciembre 2020
  • julio 2020
  • junio 2020
  • febrero 2019
  • diciembre 2018
  • junio 2017

Categorías

  • Artículo
  • Criminologia
  • Docencia
  • Foucault
  • Historia
  • Investigación
  • SOCIMIs
  • Traducción
  • Uncategorized
  • Vivienda

Keep in touch

Facebook Twitter Instagram

Instagram

No images found!
Try some other hashtag or username

Recent Posts

  • Toward a Criminological Understanding of Financialization

    diciembre 9, 2021
  • The Prohibition of Torture and Other Cruel, Inhuman or Degrading Treatment or Punishment.

    noviembre 10, 2021
  • Informe: Impactes socials del mercat de lloguer

    julio 7, 2021
  • Pensant les classes de Seguretat Pública i Urbanisme

    junio 22, 2021
  • Pierre Clastres and the anthropological riddle

    abril 1, 2021

Categories

  • Artículo (2)
  • Criminologia (3)
  • Docencia (1)
  • Foucault (2)
  • Historia (1)
  • Investigación (8)
  • SOCIMIs (2)
  • Traducción (1)
  • Uncategorized (3)
  • Vivienda (2)

Popular Posts

  • 1

    A Genealogy of Militant Research

    julio 22, 2020
  • 2

    La trama de las SOCIMIS

    febrero 12, 2019

Quotes

Esto, desde 1966, no dejó de causar revuelo: (...) alors on peut bien parier que l'homme s'effacerait, comme à la limite de la mer un visage de sable.

marzo 2023
L M X J V S D
 12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031  
« Dic    
  • Facebook
  • Twitter
  • Instagram
  • Email

2019 © Jordi González Guzmán


Back To Top